Con arreglo a la Legislación actual, es función del Colegio la representación exclusiva de la profesión veterinaria, y agrupa por tanto, obligatoriamente, a todos los veterinarios que, de acuerdo con las leyes vigentes, ejerzan su profesión en cualquiera de sus modalidades, bien en forma independiente o bien al servicio de la Administración Central del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local o Institucional, o de cualquier otra entidad pública o privada.