De conformidad con el artículo 22 de la Constitución Española se constituye la Asociación, no lucrativa, apolítica y aconfesional, denominada ASOCIACIÓN DE PERSONAS TRANSEXUALES DE TENERIFE "APERTTURA", dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, demás disposiciones complementarias y por los presentes Estatutos.
Artículo 2.- Fines
Los fines de la Asociación serán los siguientes:
• La NATURALIZACIÓN de la transexualidad, entendiendo por tal su regulación satisfactoria en el ámbito jurídico, su aceptación a nivel social y la superación de las situaciones de discriminación que sufre este colectivo de personas.
• La DIFUSIÓN de los conocimientos científicos sobre sexología y transexualidad al conjunto de la sociedad y muy especialmente a aquellos colectivos profesionales que por su actividad tienen una relación más directa con estos ternas, tales como psicólogos/as, psiquiatras, sexólogos/as, médicos/as, médicos/as forenses, cirujanos/as, personal sanitario, trabajadores/as y educadores/as sociales, abogados/as, jueces/zas, funcionarios/as públicos/as, etc.
• La PROMOCIÓN del estudio científico de la sexología y cuestiones análogas a ésta (sexualidad en general y, en nuestro caso particular, transexualidad) con ayuda de los distintos colegios profesionales, sociedades científica, universidades y cualesquiera otros organismos, ya sean públicos o privados, que resulten idóneos a tal fin.
• La ORGANIZACIÓN de charlas, talleres educativos, coloquios informativos, debates, congresos, seminarios, conferencias, cursos, etc..., así como la elaboración de material audiovisual, escrito o en cualquier soporte informático, que contribuya a los objetivos expuestos en el apartado de "Difusión". Asimismo, promocionar la creación de Centros Documentales y de seguimiento de la documentación existente, en los centros públicos y privados, sobre los temas relacionados.
• La INICIACIÓN de actividades que ayuden y/o proporcionen soportes a las minorías sexuales, tales como el asesoramiento de profesionales de cualquier sector (jurídico, empresarial, etc.) ofreciendo los servicios necesarios a tal fin, apoyando la creación de auto empresas y/o cooperativas, cursos y/o actividades de formación laboral, etc. En definitiva, todas aquellas actuaciones dirigidas a la plena integración y normalización social y laboral de las personas transexuales.
• La PRESTACIÓN de servicios médico-sanitarios a las minorías sexuales con el fin de promover la salud integral de la persona, esto es, el conjunto de condicione físicas, psíquicas y sociales que permitan a la persona desarrollar y ejercer todas sus facultades en armonía y relación con su propio entorno; concepto que deriva de la Carta Magna de la Organización Mundial de la Salud de 1946.
• La ELABORACIÓN de estándares legislativos, protocolos de tratamiento médico, recomendaciones, etc., de acuerdo con lo establecido en el apartado "Naturalización" de este texto.
• Prestar APOYO PSICOLÓGICO y ORIENTACIÓN tanto a los/as personas pertenecientes a minorías sexuales como a sus familiares y/o parejas, con especial atención a aquellas situaciones previas o establecidas de exclusión social de las personas (discapacidad, enfermedad grave, desempleo, pobreza, marginación, etc.), según se establece en el epígrafe "Iniciación" ya mencionado anteriormente.
• LUCHAR y EXTENDER el RESPETO a las minorías sexuales ante la intolerancia, inflexibilidad, discriminación y la injusticia social. Asimismo, promover la desvinculación con falsos estereotipos (imágenes, prejuicios, ideas, categorizaciones, etc.) que la sociedad se ha ido conformando respecto a la transexualidad y las personas transexuales.
• Y finalmente, COLABORAR con las instituciones académicas, políticas y sociales que pretendan el estudio e investigación en sexología y/o en materia de identidad de género, orientación y salud sexual. Así como colaborar también con entidades, tanto públicas como privadas, que contribuyan con la realización de los fines de esta asociación.